El retiro anticipado es un término que brinda a un trabajador la posibilidad de preparar su jubilación antes de la edad legal para el retiro. 

Esta modalidad es utilizada principalmente por personas que hayan tenido y registren algún accidente de trabajo o padezcan alguna enfermedad, mientras se encuentren asegurados ante el Instituto Mexicano del Seguro Social y con cotizaciones posteriores al 1 de julio de 1997.

La Ley del Seguro Social (LSS) ofrece la posibilidad de que los trabajadores se pensionen antes de cumplir 60 años, siempre y cuando reúnan algunos requisitos como: no tener un trabajo remunerado y hayan cumplido, por lo menos, con mil 250 semanas cotizadas ante la institución de seguridad social.

Un punto fundamental para que el trabajador pueda acceder a este beneficio, es que necesita tener los recursos suficientes en su cuenta individual de la Afore que haya elegido para recibir una pensión por parte de una aseguradora –conocida como Renta Vitalicia–, además, el monto de la pensión calculada debe de ser mayor en un 30 por ciento a la que el gobierno garantiza y  en caso de contar con beneficiarios, se cubra el seguro de sobrevivencia de los mismos.

Por otra parte, es importante que tomen en cuenta que una de las principales desventajas es que no se tendrá una pensión al 100 por ciento, como sucedería si se realiza el trámite de retiro después de los 65 años. 

Sin embargo, muchos de los trabajadores que la solicitan, lo hacen porque consideran que pueden disfrutar de su dinero desde antes.

También se podría pensar que son múltiples los motivos por los cuales los trabajadores dejan de cotizar en el Seguro Social. 

En muchas ocasiones se piensa que estas personas ya perdieron la oportunidad de recibir una pensión, pero la Ley del Seguro Social (LSS) establece diversas formas de pensiones entre las que se encuentra el retiro anticipado: una prestación económica destinada a proteger al trabajador.

En caso de fallecimiento del trabajador o pensionado, esta medida también protege a sus beneficiarios. En ambos casos, con previo cumplimiento de los requisitos indicados en la LSS.

Para poder solicitar el retiro anticipado, estos son los requisitos con los que el trabajador debe cumplir:

  • Tener la resolución de pensión respectiva del Seguro Social.
  • Solicitar el otorgamiento de la pensión ante la Ventanilla de Prestaciones Económicas de la Unidad de Medicina Familiar correspondiente a su domicilio.
  • Original o copia certificada (acompañados de copia simple para cotejo) de:  
  • Identificación oficial con fotografía y firma: Credencial ADIMSS, INE, Cédula Profesional, Pasaporte, Cartilla del Servicio Militar Nacional.
  • Cualquier documento que contenga el Número de Seguridad Social y el nombre del asegurado o pensionado.
  • Comprobante de domicilio, con antigüedad no mayor a tres meses previos a la presentación de la solicitud: INE, boleta predial, estado de cuenta de servicio telefónico, recibo de agua, recibo de luz o de gas.
  • Clave Única de Registro de Población (CURP).
  • Estado de cuenta de la AFORE que maneja la cuenta individual, con una antigüedad no mayor a seis meses previos a la fecha de la solicitud de la pensión o de la prestación económica de que se trate, sólo si el asegurado cotizó a partir del 1 de julio de 1997.
  • Constancia de la inscripción del asegurado en el Registro Federal de Contribuyentes, con homoclave a 13 posiciones a través de la presentación de: constancia de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes, cédula de identificación fiscal, comprobante de pago de salario, estado de cuenta de su cuenta individual AFORE.
  • Documento expedido por la institución de crédito autorizada por el Instituto, dentro de la circunscripción de que se trate, en el cual se identifique el número de cuenta y Clave Bancaria Estandarizada a favor del solicitante para recibir el pago de la pensión.
  • Copia certificada del acta de nacimiento.

Quienes cumplan con lo anterior, deben obtener del Seguro Social la resolución de pensión respectiva. 

Dichos documentos se deberán presentar dentro de los siguientes cinco días naturales a la elección del régimen de pensión de la Ley del Seguro Social de 1973 o de la notificación de la resolución que otorga la pensión, según sea el caso. 

Sin embargo, el solicitante podrá entregar dicho documento desde el día que presente su solicitud de pensión.

La Calculadora de Retiro del IMSS permite prever las condiciones del retiro del trabajador con base en la Afore en la que cotiza, el salario actual, el ahorro total en Afore así como la edad prevista de retiro.

Contar con una pensión al llegar a la edad adulta es un beneficio que pueden tener algunas personas luego de haber ahorrado a lo largo de su vida laboral y de acuerdo con el Instituto Mexicano del Seguro Social.